marzo 31 2021

México – Poder Ejecutivo Propone Reforma a la Ley de Hidrocarburos

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El 26 de marzo de 2021, la Cámara de Diputados publicó en su Gaceta Parlamentaria una iniciativa que pretende modificar determinadas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, presentada directamente por el presidente Andrés Manuel López Obrador (la “Reforma”).

El objetivo principal de la Reforma es modificar aspectos clave de los permisos necesarios para realizar actividades de midstream y downstream en el sector de hidrocarburos. La motivación original, según explicó el mandatario, es evitar la especulación en el mercado petrolero y combatir el tráfico ilegal de gasolina (huachicoleo).

En pocas palabras, la Reforma incluye disposiciones respecto a lo siguiente:

  • Los solicitantes de permisos de actividades de midstream y downstream ahora deberán demostrar ex ante que tienen la capacidad de almacenamiento de acuerdo con lo dispuesto por la Política Pública sobre Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos.
  • Contrario a la Ley de Hidrocarburos vigente, que contempla la afirmativa ficta del permiso si las autoridades no resuelven una solicitud dentro del plazo correspondiente, el permiso se considerará denegado.
  • La Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) y la Secretaría de Energía (“SENER”) podrán suspender y revocar permisos siempre que consideren: (i) que hay un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional; o (ii) la autoridad competente considere que existe un incumplimiento a la Ley de Hidrocarburos.
  • En caso de suspensión de un permiso, la autoridad gubernamental que emitió el permiso correspondiente estará a cargo de la administración y operación del titular del permiso para asegurar la continuidad en el desempeño de las actividades reguladas. En tal supuesto la autoridad podrá utilizar el personal del titular del permiso, contratar a un nuevo operador o una combinación de ambos. El titular del permiso podrá solicitar el cese de la suspensión del permiso cuando el incumplimiento sea subsanado o dejen de existir los motivos que la originaron.

Consideraciones y Próximos Pasos:

  • La Reforma, además de modificar las reglas para el otorgamiento de permisos bajo la Ley de Hidrocarburos, genera incertidumbre para los titulares de estos permisos dado que otorga a la CRE y a la SENER derechos para suspender permisos por razones de seguridad nacional, seguridad energética o de economía nacional - estos conceptos son amplios e imprecisos y podrían ser utilizados de manera frecuente con apoyo del gobierno.
  • El proceso para la promulgación de la Reforma requiere su discusión y aprobación por parte de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados;. Esta discusión está programada para el 31 de marzo de 2021. En caso de aprobarse, el proyecto de decreto se enviará para su discusión a la Comisión de Energía del Senado, y de aprobarse, se celebrará una sesión plenaria para ordenar la publicación de la Reforma.
  • A diferencia de la Reforma a la LIE, esta Reforma no es una iniciativa preferencial y no está claro cuánto tiempo demorará en aprobarse. Sin embargo, es probable que el procedimiento sea rápido.
  • Una vez que la Reforma sea publicada, entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Esto es relevante porque los artículos transitorios de la Reforma establecen que los permisos de permisionarios que no cumplan con el nuevo reglamento les serán revocados una vez promulgada la Reforma.

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Francisco Mendez
fmendez@mayerbrown.com

Vera de Gyarfas
vdegyarfas@mayerbrown.com

Claudia Ramos
cramos@mayerbrown.com

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